La Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior confirma que la Licencia Federativa es obligatoria para la adquisición y tenencia de fusiles de pesca submarina

Esta Federación ha enviado una consulta a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior en relación con el documento necesario para la adquisición y tenencia de un fusil de pesca submarina, clasificado en la categoría 7ª.5 del artículo 3 del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de Leer más…